martes, 25 de octubre de 2016

NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÌA





Las Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información de la Información fueron estatuidas en Colombia mediante la Ley 1314 de 2009 y reglamentadas mediante el Decreto 0302 de 2015, con vigencia para las empresas que cuentan con  más de treinta mil salarios mínimos legales vigentes a partir del primero de enero de 2016.

Las NAI como se les conoce están divididas en 6 grupos bien definidos: Las Normas Internacionales de  Auditoria NIA, que son un conjunto de normas que dan a los auditores las técnicas y procedimientos para la obtención de la evidencia suficiente y adecuada, sobre la razonabilidad de  los estados financieros auditados.

Las Normas Internacionales de Trabajo para Atestiguar, cuyo objetivo es  a través de la NITA 3000 proporcionar al auditor las técnicas y procedimientos de los trabajos para atestiguar que permitan aportar pruebas sobre un trabajo cuya veracidad es dudosa. Un buen ejemplo de trabajos para atestiguar, lo constituyen las certificaciones de ingresos que los bancos exigen a sus clientes para concederles un crédito; en nuestro medio, las conocemos como certificaciones de ingresos firmadas por contador.  En estos casos el Contador Público debe dar fe que  ha examinado la evidencia inherente a los ingresos del cliente, para atestiguar ante un tercero, en este caso el banco, la razonabilidad de las evidencias, o sea los soportes que respaldan los ingresos.

El Contador Público debe dejar en su informe dejar una declaración que responsabilidad de su cliente, la legitimidad de los documentos presentados y la proveniencia de un licita actividad.


NIA 200





NORMA INTERNACIONAL DE ASEGURAMIENTO 210



NIA 210
La norma internacional de auditoría 210  establece  las responsabilidades del auditor para acordar las condiciones y los términos para realizar en el trabajo de auditoría, con la administración de la empresa, en donde el objetivo del auditor es aceptar el trabajo de auditoría siempre y cuando se establezcan unas precondiciones.

Precondiciones. Marco de referencia sobre el cual están preparados los estados financieros, por ejemplo, estados financiaros preparados bajo, una base común, en nuestro caso, las Normas Internacionales de Información Financiera o están preparados teniendo en cuenta las necesidades de un usuario en particular, en el primer caso estamos frente a unos estados financieros de propósito general,  en el segundo caso, si los estados financieros están preparados cumpliendo exigencias de un usuario en particular, tenemos unos estados financieros de propósito especial.
Los marcos de referencia aceptados, presentan: relevancia, integridad, confiabilidad, y comprensibilidad.

Ejemplo: Las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF, del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.
Las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSA) promulgadas por el Consejo de Normas Internacionales del Sector Público. Si al hacer la comparación con estos estándares el auditor encuentra diferencias relevantes que conduzcan a una información engañosa, el auditor no debe aceptar el encargo. Luego esta es una de las primeras precondiciones del auditor.
El control interno. El análisis del control interno por parte del auditor es el que le da la seguridad de que los estados financieros están libres de fraude o error, luego esta es otra precondición del auditor para aceptar el encargo.

El acceso a la información relevante para la preparación de los estados financieros. Esto es todos los documentos y registros e información necesaria para obtener  las evidencias de  auditoría.
¿Cuándo no debe aceptar el auditor el trabajo de auditoría? A menos que sea requerido por una autoridad?
·         No están presentes las precondiciones para la auditoría
·         La administración no proporciona información o representaciones escritas necesarias
·         La administración impone dentro del acuerdo una limitación al alcance del trabajo del auditor si dicha limitación conlleva a una abstención en la opinión del auditor.
·         Cuando el marco de referencia de los EEFF  no es aceptable.
·         No se obtiene un acuerdo de la administración reconociendo sus responsabilidades.


Términos de la auditoría El auditor debe acordar los términos de la auditoría con la administración y registrarlos en una carta de compromiso o carta de encargo: el objetivo y alcance de la auditoría a los EEFF, las responsabilidades del auditor y las de la administración, el marco de referencia de la información financiera, las limitaciones inherentes, la planeación y el despeño de la auditoría, el contenido del dictamen del auditor y una aclaración en la que se  diga que el dictamen puede diferir de lo establecido. Tomado de Vladimir Martínez, Auditol, NIA 210 Acuerdo de los términos de los trabajos de Auditoría de Información Financiera – Aspectos Clave



NORMA INTERNACIONAL DE ASEGURAMIENTO 220


Esta norma de auditoría establece los lineamientos, los principios y los procedimientos para la aplicación del control de calidad en los trabajos  de auditoría, de servicios relacionados, para atestiguar o de trabajos de revisión en las firmas de auditores, tomando como requisitos éticos para estos trabajos,  las partes A y B del código de ética para contadores profesionales de la IFAC, relativos a la Integridad, Objetividad, Competencia Profesional y cuidado debido, Confidencialidad y Comportamiento profesional del contador público, dejando la responsabilidad del cumplimiento de estos principios en cabeza de del socio del trabajo,  quien además elaborará una conclusión sobre el cumplimiento de principio de independencia, aplicados a cada trabajo.
Pero ¿Quién es el socio del trabajo? La misma NIA 220 lo define como “Socio u otra persona de  la firma que es responsable del trabajo de auditoría y su desempeño, así como del informe del auditor emitido a nombre de la firma y que tiene la autoridad  apropiada de un organismo profesional legal”
El socio del trabajo es el responsable, que el equipo de trabajo tenga las capacidades, competencia y tiempo apropiados para desempeñar el encargo de auditoría; respecto de la experiencia, entendimiento de las normas profesionales, conocimiento técnico, políticas y procedimientos de control de calidad y capacidad para emitir el juicio profesional. Este personaje igualmente asume la responsabilidad de la dirección y supervisión del trabajo, el desempeño de la auditoría y el cumplimiento de las normas y regulaciones legales y del dictamen del auditor, cuidando que este sea apropiado a las circunstancias.
Todos los miembros del equipo deberán entender los objetivos del trabajo a desempeñar, estar conscientes del trabajo en equipo y tener el entrenamiento apropiado para ayudar a los miembros del equipo con menos experiencia a entender claramente los objetivos del trabajo a realizar.
Antes de la emisión del dictamen del auditor, el socio del trabajo deberá revisar toda la documentación de auditoría y discutir con el equipo de trabajo la satisfacción de que se obtenido evidencia suficiente y apropiada, que soportan las conclusiones alcanzadas para que el auditor emita su dictamen.   
Los temas de gran complejidad deberán ser consultados por el auditor ya sea con miembros del mismo equipo de trabajo o con particulares que tengan el nivel apropiado para emitir un concepto.  Es responsabilidad del socio del trabajo,  las conclusiones derivadas de las consultas, de que estas queden documentadas y del grado de satisfacción respecto a su naturaleza y alcance.  
En las auditorías de estados financieros de entidades que cotizan en bolsa,  el socio del trabajo deberá:
Determinar que se ha nombrado un revisor de control de calidad; discutir con el revisor los asuntos importantes que surjan del trabajo de auditoría
No emitir el dictamen del auditor hasta que se haya terminado la revisión de control de calidad.



Limitación: el resumen de esta conversación en ningún momento reemplaza la consulta de la NIA 220 y su objetivo es enfocar al estudiante hacia la consulta de la norma.




NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÌA 240

NIA 240
La NIA 240 aborda la responsabilidad que tiene el auditor con respecto al fraude en la auditoría de estados financieros, desarrolla el modo de aplicar las NIA 315, respecto a la identificación y valoración del riesgo de incorrección material en los estados financieros y la NIA 330 la obligación de planear e implementar respuestas a estos riesgos.  ¿Pero que  son los riesgos de incorrección material? Según www.actualicese.com publicación del 24 de septiembre de 2015 “Son incorrecciones originadas cuando se detecta que existe diferencia entre la cantidad, clasificación, presentación o información revelada y la cantidad, clasificación, presentación o revelación de la información requerida en cierta partida” de los EEFF;  esto es, la diferencia entre la información revelada y la realidad. Responsabilidad que recae directamente sobre los directivos o administradores de la empresa el establecer las salvaguardas que prevengan y detecten el fraude.  
El auditor que realiza un encargo de auditoría tiene la responsabilidad de obtener un grado de seguridad razonable de que los EEFF considerados en su conjunto, están libres de incorrección material por fraude o error.
Para la obtención de una seguridad razonable el auditor deberá mantener una actitud de escepticismo profesional,  en el transcurso de toda la auditoria, teniendo en cuenta la posibilidad  de que la dirección eluda  los controles y reconociendo que los procedimientos de auditoría que son eficaces para la detección de errores, pueden no serlo para detección de fraude.  
El auditor debe tener en cuenta, que el riesgo de no detectar incorrecciones materiales debidas a fraude,  es mayor que el riesgo de no detectar las que se deben a error.
¿Por qué? Según la NIA 240 “El fraude conlleva a fraudes sofisticados y cuidadosamente organizados para su ocultación, como falsificación de documentos, omisión deliberada de  registros y transacciones, estos intentos de ocultación, serán más difíciles de detectar cuando van acompañados de colusión y esta puede inducir al auditor a considerar,  que la evidencia de auditoría es convincente cuando en realidad es falsa”.
La capacidad de un auditor para detectar un fraude depende de varios factores:
La pericia del que comete el fraude, la frecuencia y el alcance de la manipulación, el grado de colusión, por ejemplo cuantas personas están involucradas en el hecho, el rango jerárquico de las personas implicadas.
Al detectar un fraude el auditor, debe entender que este es un hecho que tiene implicaciones legales y que no es su responsabilidad hacer este tipo de consideraciones y lo debe entender como una causa de errores intencionales de importancia relativa en los estados financieros.
Este es un resumen de la NIA 240 con fines eminentemente académicos y no reemplaza la lectura de la norma.  
















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